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Decisión nuevas provincias violaría ley registro electoral

Sede de la Junta Central.  El plazo para elevar de categoría a territorios nacionales con fines electorales de cara a las elecciones de 2016 venció el pasado 15 de mayo, por lo que si se materializa el acuerdo político entre el PLD y el PRD, que incluye dividir a la actual provincia Santo Domingo en otras dos, las nuevas demarcaciones no podrían postular candidatos a los comicios.

Al menos, si se cumple lo que establece la Ley de Registro Electoral, No. 55, que es muy clara en este aspecto. En su artículo 18, precisa que “las divisiones, demarcaciones y denominaciones no podrán ser modificadas, sino un año antes de las próximas elecciones siguientes”.
En el “Calendario de actividades administrativas y plazos legales 2016 de la Junta Central Electoral” se fijó como fecha límite para este propósito el pasado 15 de mayo, justo un año antes, de las elecciones presidenciales, congresuales y municipales, que serán celebradas el 15 de mayo de 2016, correspondiente al tercer domingo del mes.
La única forma de cambiar esta realidad es mediante una modificación a la ley de registro electoral.
Diversos sectores -incluido el Congreso- habían sostenido un acuerdo “no tácito” de “congelar” la fragmentación del territorio hasta tanto se apruebe el anteproyecto de ley de ordenamiento territorial, en el que el Estado trabaja desde hace al menos cuatro años, y que ya fue aprobado en primera lectura en la Cámara de Diputados.
Fue mediante este “consenso” que se logró detener la iniciativa que buscaba elevar de barrio a municipio a Cienfuegos, de Santiago de los Caballeros.

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